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Red pickup model on the black floor

Primera sentencia de nuestro despacho contra el cártel de camiones

Se estima nuestra demanda condenando al fabricante a indemnizar por el sobrecoste pagado por nuestro cliente, incrementado con los intereses legales desde la fecha de la compra.

Después de muchos meses de trabajo, hemos visto recompensado nuestro esfuerzo.

Nuestro despacho, en colaboración con el resto de despachos socios de Hispajuris, ha conseguido la primera sentencia en La Rioja que condena al cártel de camiones.

La demandada IVECO deberá indemnizar a nuestro cliente en una cantidad próxima al 18% del precio de la compra:

El Juzgado Mercantil de La Rioja condena a la fabricante italiana IVECO a indemnizar a nuestro cliente, una empresa riojana, en un importe equivalente al 10% del precio de compra del camión, incrementada en los intereses legales desde la fecha de adquisición, lo que supone que, en la práctica, la cantidad total a recuperar por el cliente se aproximará al 18% de su precio.

La sentencia considera que, como consecuencia de las prácticas anticompetitivas del Cártel de Camiones, entre los años 1997 y 2011, se causaron perjuicios a los compradores de camiones medios y pesados en forma de sobrecoste, por los cuales se deberá indemnizar.

La sentencia, pionera en nuestra comunidad, es muy importante ya que avala nuestra primera demanda, presentada el pasado año, dando la razón a todas aquellas empresas y particulares que compraron camiones de carga media y carga pesada entre los años 1997 y 2011, quienes podrán acudir a los tribunales para verse resarcidos de los perjuicios sufridos.

Una versión más completa del informe pericial:

El procedimiento se inició en 2018 mediante una demanda que acompañaba un informe pericial que cuantificaba el sobrecoste tomando como referencia una muestra de casi 3.000 camiones.

En este momento, nos encontramos finalizando una ampliación del informe con casi 5.000 camiones que será el que utilicemos en las sucesivas demandas, con el objetivo de conseguir un porcentaje de indemnización superior.

Recordemos que tienen derecho a reclamar por este sobrecoste tanto los que adquirieron el vehículo directamente del concesionario como aquellos que lo financiaron a través de LEASING entre los años 1997 y 2011, incluso aunque en la actualidad no conserven el vehículo por haberlo trasmitido.

Gil-Gibernau Abogados

Logroño-Madrid

Socio de Hispajuris

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