El apoderado general no responde de las deudas sociales, pero podría ser declarado responsable o apoderado solidario de dichas deudas.
Sigue existiendo un gran desconocimiento entre las empresas respecto a la figura de los apoderados y, sobre todo, de los riesgos que conlleva este cargo.
Una idea bastante generalizada es que la única persona que puede tener problemas, si la empresa va mal, es el administrador. En más de una ocasión hemos escrito en este blog sobre la responsabilidad de los administradores por las deudas sociales, advirtiendo que este puede responder a título personal, en determinados supuestos, si incumple sus obligaciones legales.
El Apoderado General
El caso del apoderado es diferente. Un apoderado, en principio, no debe responder por las deudas de la sociedad ya que sus obligaciones son diferentes a las del administrador.
Esta es la teoría pero en la práctica puede ser distinto ya que es frecuente que junto al administrador existan apoderados generales con amplísimas facultades de representación y por tanto con capacidad para tomar las mismas decisiones que el propio administrador. De hecho en muchos casos son estos apoderados los que tomas todas las decisiones.
Estos poderes tan amplios permiten a los apoderados contratar en nombre de la empresa y representar a esta a todos los niveles: comprar, vender, asumir obligaciones, etc…
¿Un verdadero administrador en la sombra?
En estos casos, el apoderado puede equipararse a lo que se entiende como un administrador de hecho, o un apoderado solidario, es decir, aquella persona que en la práctica, aunque formalmente no ocupa el órgano de administración, es verdaderamente la que dirige y gestiona la empresa.
La pregunta entonces es si, en este tipo de empresa, si “vienen mal dadas”, este apoderado general puede verse implicado a título personal.
Y la respuesta es positiva. Si el apoderado ejercita su cargo de forma poco diligente está expuesto a la misma responsabilidad que el administrador y por tanto, en la situación más extrema, podría ser declarado responsable solidario de las deudas sociales.
Apoderado Solidario: Responsabilidad social de las deudas sociales
Esto supone que los acreedores de la empresa podrán demandarle judicialmente y dirigirse contra su patrimonio personal. En esta línea si la empresa terminara en un concurso, durante la tramitación del procedimiento se valorará su actuación estando expuesto a ser declarado como persona responsable de la situación de insolvencia de la misma.
En definitiva las personas que ocupen el cargo de apoderados deben tener muy presentes estas cuestiones y recibir un correcto asesoramiento jurídico para evitarse problemas en un futuro.
Si tienes cualquier duda o consulta ponte en contacto con nuestro despacho de Abogados en Logroño.
Fuí administradora por el primer año y apoderada de una empresa que vendí y que ahora está con deudas, me pueden reclamar algo a pedas que los poderes han sido revocados y mis participaciones como socia ya se vendieron?
La responsabilidad por las deudas de la sociedad solo le puede venir por su condición de administradora en el pasado. Si cesó hace más de cuatro años y dicho cese se inscribió en el Registro Mercantil, puede estar tranquila porque la acción para exigirle algún tipo de responsabilidad por el desempeño de su cargo está prescrita. Si no han transcurrido cuatro años, se le podría reclamar por hechos sucedidos durante su gestión, pero no por hechos posteriores.
Quedamos a su disposición por si necesita alguna ampliación puede contactar con nosotros en el 941 25 99 00
Gracias por su confianza
Hola! Me gustaría saber si el administrador me da el poder para abrir una cuenta bancaria para la empresa, si la empresa tiene deudas en el futuro, asumo alguna responsabilidad? Soy responsable de las deudas?
El apoderado con esas facultades no tiene ninguna responsabilidad por deudas en que la sociedad pueda incurrir en un futuro. No obstante, para su tranquilidad le ofrecemos la posibilidad de revisar el apoderamiento.
Puede ponerse en contacto con nosotros, en el número de teléfono 941 259 900
Gracias por su confianza
buenas tardes que responsabilidades puede tener un apoderado si su funcion fue dar de alta ante el SAT y pedir la firma electrónica
Buenos días:
Habría que comprobar el contenido del poder pero, en principio, un apoderado con esas actuaciones concretas no tiene ninguna responsabilidad por deuda de la sociedad.
Si precisa cualquier otra aclaración, puede ponerse en contacto con nosotros: 941 259 900
Gracias por su confianza
¿Que consecuencias y que validez tienen las actuaciones de un apoderado que a pesar de tener poderes notariales no se ha inscrito en el registro mercantil? Para el caso que no tuvieran valor, ¿Pueden retrotraerse las actuaciones realizadas anteriormente?
Soy apoderado general de una empresa, y he firmado cheques que han sido rechazados .
Si a los proveedores que se les a entregado dichos cheques inician una demanda a la empresa, me puede afectar a mi directamente?
Buenas tardes,
El administrador y socio único de una sociedad de responsabilidad limitada ha fallecido y dicha sociedad tiene deudas contraídas. Yo soy apoderada de la referida sl pero solo una vez en 2011 firmé la ampliación de una hipoteca que más tarde fue cancelada. ¿ Hasta dónde alcanza mi responsabilidad? Muchas gracias
Dudas sobre los actos que realice en una sociedad de la que era apoderado limitado
Soy apoderada y capitalista de una empresa pero no soy administradora. Puedo tener problemas si hay deudas en dicha empresa
Hola tenía un poder general y pedí dinero prestado a familiares para dárselo al poderante que iba a pagar cuando una sentencia del Tribunal le pagara un dinero y Ahora que el jusgado le ha pagado el dinero me ha quitado el poder y no quiere pagar Y las personas que prestaron el dinero para el apodersnte me reclaman a mi.que debo hacer si sólo hay testigos de ese dinero pero no hay ningún comprobante para la reclamación al poderante que cobró el dinero y tiene 4 propiedades que compró con ese dinero.que debe hacer si ya me revocó el poder.no se hacer que debo hacer saludos
Buenas,
presento un caso particular: Gestioné un poder notarial general para poder actuar en nombre de mi madre en cuestiones de la ejecución de una herencia (venta de piso) de su padre (mi abuelo). El motivo principal es que mi madre tenía una minusvalía del 75% y por conflictos familiares no quería/podía enfrentarse los encuentros para dichas gestiones.
Recibió la parte correspondiente a la legítima en el ejercicio 2018.
Mi madre falleció en noviembre de 2019. Y mi madre, habiendo pagado el modelo 670, estaba exenta por sus condiciones de hacer la declaración de la renta.
Hoy me ha llegado una carta de Hacienda imputándome un impuesto por no declarar en mi IRPF del 2019 (relativo al ejercicio del 2018) el incremento patrimonio por la venta de dicha vivienda. El caso es que a los hermanos de mi madre les ha llegado una solicitud de pago por la plusvalía de la vivienda vendida (en dicha notificación dicen que aplican otro criterio para valorar el piso apoyándose en al valor catastral «no real» de la vivienda en 1994, cuando falleció mi abuelo. Este valor es ridículo, bastante inferior al que ha figurado en el modelo 670, impuesto sobre sucesiones).
Entiendo que es un error y que tengo que recurrir… Están mezclando mi IRPF con una herencia que de la que no he sido beneficiario… pero me surge la siguiente duda: por el hecho de haberle representado en la compraventa, pueden recurrir a mi para abonar dicho impuesto??? directamente??tiene que algo que ver con el hecho de heredar una posible deuda? no debería en todo caso, comenzar un procedimiento diferente??
Gracias de antemano!
un saludo
Hola mi pregunta es si la empresa hace un préstamo y pone el mismo a mi nombre yo como apoderado, si se dejara de pagar dicho préstamo me afectaría a mi en lo personal?