La respuesta prevista por el Banco Santander para compensar a los inversores minoristas perjudicados por la resolución del Banco Popular.
El pasado 13 de julio, Banco Santander emitía un comunicado en el que anunciaba la solución acordada por la entidad para compensar a los titulares de acciones y obligaciones subordinadas “Tier 2”, de las emisiones con código ISIN ES0213790019 y ES0213790027 de Banco Popular (denominados “Beneficiarios”), que se vieron perjudicados por la resolución del Banco.
Una fórmula que llamaron la “Acción de Fidelización” y que entró en funcionamiento el 13 de septiembre de 2017. El plazo de aceptación termina el próximo 7 de diciembre y, a través de ella, aquellos Beneficiarios que reúnan determinados requisitos podrán recibir una “compensación” en valores negociables emitidos por el Banco Santander –llamados “Bonos de Fidelización”-, en un importe equivalente a su inversión, con determinadas condiciones.
La oferta del Banco Santander a los accionistas y titulares de obligaciones subordinadas “tier 2” de banco popular perjudicados por la resolución del banco
- ¿Quiénes son los BENEFICIARIOS de la oferta?
- Inversores minoristas, titulares de Acciones de Banco Popular adquiridas en el periodo comprendido entre el 26/05/2016 y el 21/06/2016, mediante suscripción de acciones de nueva emisión o adquisición de acciones ya emitidas; que a las 23:59h del día 6 de junio de 2017 se conservasen depositadas en alguna de las entidades del Grupo Santander (Banco Santander, Banco Popular, Banco Pastor, Openbank, Popular Banca Privada y Popular Portugal) y que; al tiempo de presentar la Orden de adquisición de los “Bonos de Fidelización”, mantengan con la Entidad Colocadora una relación comercial equivalente a la que tenían cuando adquirieron las Acciones
- Inversores minoristas, titulares de Obligaciones Subordinadas “Tier 2”, de las emisiones con código ISIN ES0213790019 y ES0213790027 de Banco Popular, adquiridas en los periodos de suscripción que; a las 23:59h del día 6 de junio de 2017 se conservasen depositados en alguna de las entidades del Grupo Santander y que; al tiempo de presentar la Orden de adquisición de los “Bonos de Fidelización”, mantengan con la Entidad Colocadora una relación comercial equivalente a la que tenían cuando adquirieron las Obligaciones Subordinadas.
- ¿Quiénes quedan EXCLUIDOS de la oferta?
- Inversores profesionales cuyas inversiones en estos productos fuesen superiores a 1.000.000€.
- Quienes hayan tenido la condición de miembros del órgano de administración de Banco Popular o hayan estado estrechamente vinculados a estos.
- Accionistas que, individual o concertadamente, hayan tenido una participación significativa en Banco Popular, declarada en la CNMV, o se hubieran adherido al “pacto de sindicación” del Banco.
- ¿Cuáles son las CARACTERÍSTICAS DE LOS “BONOS DE FIDELIZACIÓN”?
- Valor nominal: 100€ cada uno.
- Importe a compensar: se entregarán “Bonos de Fidelización” en el importe invertido por cada cliente en la suscripción de Acciones y de Obligaciones Subordinadas (en este último caso, el importe deberá minorarse en la cuantía de los intereses percibidos desde su emisión y hasta la fecha de resolución de la entidad), hasta ciertos límites:
- Remuneración: los “Bonos de Fidelización devengarán una remuneración trimestral no acumulativa, calculada:
– desde el 15/12/2017 hasta el 15/12/2024, al 1% de interés nominal anual.
– a partir del 15/12/2024, al tipo de que resulte de añadir al margen de 594,7 puntos básicos, la tasa de interés anual media de operaciones del mercado de swaps en euros a cinco años sobre el valor nominal vivo en cada periodo de Remuneración.
- ¿Qué CALENDARIO prevé la Oferta?
- ¿Qué RIESGOS conlleva la aceptación de la Oferta?
Aceptar la Oferta implica asumir una serie de Riesgos que conviene tener en cuenta antes de decidir sobre si acogerse o no. Pinchando en el siguiente enlace, podrá conocer cuál es la Letra Pequeña que se esconde detrás de la propuesta de Banco Santander .
En Gil-Gibernau estamos pendientes –día a día- de lo que sucede. Estudiamos la posibilidad de acogerse a la “Acción de Fidelización” ofrecida por el Banco Santander, así como el ejercicio de acciones judiciales para recuperar las inversiones de los minoristas afectados por la resolución de Banco Popular. Si desea más información, póngase en contacto con nosotros en el 941 25 99 00.