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Google obligada a borrar datos personales inexactos

El derecho al olvido protegido por los tribunales.

Recientes sentencias, en particular una del Tribunal Supremo, vienen a configurar el derecho al olvido como uno de los derechos más importantes en los tiempos que corren.

Casi a diario se publican informaciones sobre investigaciones policiales o judiciales, con veladas sospechas o acusaciones directas sobre personas que finalmente resultan absueltas. O, sin ir tan lejos, la red recoge multitud de procedimientos administrativos sancionadores contra ciudadanos que luego quedan sin demostrar y por tanto resultan ser declarados inocentes.

En muchos de estos casos, los datos iniciales, las imputaciones o acusaciones que posteriormente resultan ser erróneos o inexactos, siguen sin desaparecer de la red.

La pegunta es ¿puede el afectado exigir su eliminación y de qué forma?

 

La protección de datos prevalece sobre la libertad de información:

Nos estamos refiriendo al conocido como derecho al olvido, que os objeto de protección en la normativa vigente sobre protección de datos y derechos digitales, y  permite a cualquier persona exigir de los buscadores de internet  borrar aquellos «datos sustancialmente erróneos o inexactos»  que supongan un daño a su imagen y reputación.

En concreto, el Tribunal Supremo condiciona este derecho a que la información publicada ofrezca datos sustancialmente erróneos o inexactos que supongan una desvalorización de la imagen reputacional que se revele injustificada por contradecir los pronunciamientos formulados en una resolución judicial firme.

El Tribunal Supremo considera, por tanto, que, en estos casos, prevalece la normativa de protección de datos frente a la libertad de información

 

Cómo debe actuar el afectado:

En estos casos, el interesado en que desaparezcan del buscador estos datos puede dirigirse directamente al buscador para que elimine la información o bien hacerlo ante la Agencia Española de Protección de Datos.

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