Motivos de prudencia aconsejan otorgar testamento aunque no hayas llegado a la vejez.
La utilidad y ventajas de hacer un testamento son claras. Hay que dejar a un lado la opinión popular de que sólo acarrea gastos, que es poco práctico y que provoca en la persona que lo va a realizar un sentimiento de rechazo.
1. Respeto a la voluntad del testador:
El testamento garantiza que la voluntad en vida del testador se cumple, es decir su voluntad en el reparto de su herencia se verá respetada por sus herederos tras su fallecimiento.
Si el testador prevé una herencia conflictiva puede, si así lo desea, designar a un albacea, que es la persona persona que se encargará de cumplir la voluntad del fallecido, custodiar los bienes y hacer entrega de los mismos a los herederos.
2. Evita enfrentamientos entre los herederos:
El testamento, cuanto más detallado y concreto sea, más enfrentamientos y discusiones entre los herederos evitará.
Si bien no es obligatorio hacer una lista detallada los bienes que integran la herencia, siendo suficiente la designación de herederos, sí es aconsejable en aquellos supuestos de patrimonios de cierta entidad.
3. Facilita y abarata los trámites de la herencia:
Otorgar un testamento es barato.
Cuando no existe testamento, los herederos (hijos, padres, cónyuge, etcétera) han de realizar tras el fallecimiento una serie de trámites ante un Notario o en el Juzgado (dependiendo del tipo de herederos que concurren a la herencia) que son bastante más costosos y largos que si se hubiese otorgado un testamento.
4. Si cambian las circunstancias, se puede cambiar el testamento:
El testamento puede ser modificado en cualquier momento antes del fallecimiento si el testador considera que han variado las circunstancias que tuvo presentes cuando lo hizo o quiere cambiar su voluntad. Nada se lo impide y el nuevo testamento sustituirá al anterior.
