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Un hacker ha vaciado mi cuenta bancaria.. ¿a quién puedo reclamar?

Una novedosa sentencia condena al banco a devolver al cliente el saldo de una cuenta hackeada.
Desgraciadamente nos encontramos ante un caso cada vez más frecuente: un ordenador infectado por un virus informático hace que el hacker pueda disponer de las claves, entrar en la cuenta bancaria del titular y disponer de su dinero.
¿Quién responde?:
Cabe preguntarse en estos supuestos ¿es responsabilidad del usuario del ordenador, del banco o incluso de ambos?.
La respuesta nos la da la Ley de Servicios de Pago según la cual los usuarios son responsables de las operaciones de pago no autorizadas en aquellos casos en los que hayan cometido una negligencia grave, como es “no tomar las medidas de seguridad razonables”.
Hasta este momento la mayoría de los jueces consideraban como negligencia grave tener un virus informático en el ordenador y, por tanto, en estos casos exoneraban de cualquier responsabilidad al banco.
Una sentencia que fija un nuevo criterio:
La sentencia que comentamos ha resuelto el caso de forma diferente, condenando al banco.
Entiende el juez que el virus que tenía el ordenador, del que no tenía conocimiento el usuario, había entrado a pesar del antivirus que tenía instalado. Es decir, no existía ninguna negligencia grave porque dicho usuario había tomado medidas de seguridad razonables con la instalación de este antivirus.
Argumenta el juez que es el banco quien tiene y dispone de los medios necesarios para detectar el virus y posteriormente eliminarlo y por tanto la responsabilidad.
Consejo: revisa las medidas de seguridad de tus dispositivos:
La sentencia que comentamos ha tenido mucha repercusión en los medidos por el cambio de criterio. Aún así son mayoría las sentencias que declaran responsables a los usuarios de los equipos informáticos.
Por este motivo, el mejor consejo que podemos darte es que revises y actualices tus antivirus y medidas de seguridad y si a pesar de ello te sucede algo similar consultes a un abogado.

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