En este momento estás viendo Nulidad de compras de acciones de Banco Popular posteriores a junio de 2016
Coins in bottles with trading graph. financial investment concept use for background.

Nulidad de compras de acciones de Banco Popular posteriores a junio de 2016

El periodo de validez de un año del folleto informativo permite a los accionistas recuperar el dinero invertido en compras posteriores a la ampliación de capital de 2016.

Muchos de los afectados del Banco Popular adquirieron sus acciones en fechas próximas a que estallara el escándalo. Recordemos que, en junio de 2017, la entidad fue comprada por Banco Santander por un euro, dada la situación en la que se encontraba.

Los accionistas vieron, con estupor, como su inversión, realizada unos pocos meses antes, se convertía de la noche a la mañana en 0 euros.

Las primeras sentencias que se dieron a conocer sobre este asunto, anulaban compras de acciones en la ampliación de capital de 2016, que tuvo lugar en mayo de ese año, en base a que la información ofrecida por la entidad en el folleto informativo no reflejaba su verdadera situación de insolvencia.

Se decía en esas sentencias que los inversores recibieron una información inexacta y que, de haber conocido la situación real del banco, probablemente no hubieran decidido invertir, motivo por el cual su consentimiento estaba viciado y la compra debía anularse pudiendo así recuperar su dinero.

 

La falsedad del folleto es lo que permite reclamar en las compras hasta un año después:

Es precisamente esa información inexacta del banco, recogida en el folleto informativo, la que permite reclamar a todos estos compradores “tardíos”.

Según la Ley, el periodo de validez del folleto informativo será de 12 meses desde su publicación

Por tanto, teniendo en cuenta que el folleto se publicó en el mes de mayo de 2016, todos los accionistas que compraron tras la ampliación de capital podrían utilizar esta vía legal, ejercitando una acción de daños y perjuicios, para recuperar su dinero.

Son numerosas las sentencias que avalan esta vía y condenan al banco a indemnizar a los accionistas con el importe equivalente al dinero invertido, más los intereses.

 

¿Hasta qué fecha se puede reclamar?:

Como decimos el periodo de validez del folleto es de 12 meses y fue publicado en mayo de 2016. Sin embargo, cuidado porque las compras posteriores al día 3 de abril de 2017 conllevan riesgo y hay que estudiarlas con detenimiento.

Si bien hay sentencias que declaran nulas compras posteriores a esas fechas, hemos de decir que ese día se reexpresan las cuentas del banco dejando evidencia de que la información del folleto no era exacta y por tanto se utilizaría como argumento para oponer a la eventual reclamación que el cliente que compra después de abril de 2017 conocía la situación real del folleto.

Consulte sin compromiso, somos expertos en litigios contra la banca.

Deja una respuesta